COMUNICADO
N° 141
FECHA: 01/10/18
CONTENIDO: Ref: :DECRETO 258/05
NIVEL
/MODALIDAD: TODOS
DESIGNACIÓN DE DOCENTES “A
CARGO”
AUSENCIAS DE (3) TRES O (4) CUATRO DÍAS
AUSENCIAS DE (3) TRES O (4) CUATRO DÍAS
2.-CONFORMACIÓN DEL LISTADO DE CADA
ESCUELA: Podrá ser consultado por los Directores / Secretarios de los servicios
educativos en el portal: www.abc.gov.ar ingresando a la opción
“Suplencias Decreto 258/05”, que se encuentra en el apartado “Consultas
docentes” (en el cuadrante inferior derecho de la pantalla)
3.- ASIGNACIÓN ANTE LA NECESIDAD
DE COBERTURA DE CARGOS:El director del establecimiento realizará la
designación bajo Acta indicando en la misma, los ofrecimientos, las
aceptaciones y no aceptaciones, garantizando la transparencia con la
participación de docentes en carácter de veedores, teniendo en cuenta la
conformación de los listados, a saber:
a.1)- PRIMERO, con docentes que se
desempeñan en el establecimiento, por el estricto orden de mérito
a.2)- AGOTADA LA INSTANCIA
ANTERIOR, con los docentes que al momento de la inscripción optaron por
pertenecer al listado del establecimiento, por estricto orden de mérito y
realizaron el Ingreso a la Docencias 2018; si por alguna razón no lo realizaron
NO podrán aspirar a las coberturas.
Solo
designar docentes que pertenezcan al listado 258/05 del Servicio Educativo que
convoca
Los aspirantes que
se inscribieron para coberturas por Decreto 258/05 deberán Comunicarse con cada
establecimiento solicitado, a efectos de dejar sus datos Personales y así poder
ser convocados ante posibles suplencias.
b)- El Director elevará a Secretaría
de Asuntos Docentes, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas la propuesta de
designación “a cargo” para su convalidación acompañado por el certificado
médico que indique licencia por tres o cuatro días.
Las
propuestas de designación a cargo ( 3 o 4 días ) que no se ajusten a la
normativa vigente NO SERAN CONVALIDADAS
Presentación: formulario de decreto
Oblea 2018 de la docente
que realiza la suplencia.-
c)- Ante la imposibilidad de
cobertura con el listado de la escuela (a1 y a2), el Director informará a
Secretaría de Asuntos Docentes tal situación, para que se efectúe la
designación por Concurso de Antecedentes (Actos Públicos)
Pautas y consideraciones a efectos de
lograr una eficaz y eficiente interpretación
El Director/a del establecimiento
educativo deberá tener presente que si la licencia se prorrogara pueden
darse 2 situaciones:
a- si la prórroga es por un período
de 4 (cuatro) o menos días hábiles, tendrá continuidad el docente “a cargo”
b- si la prórroga es por un período
mayor a 4 días hábiles, se deberá solicitar la correspondiente cobertura a la
SAD, según lo establecido en el art. 108 del Estatuto Docente y su
reglamentación.
Se designarán docentes a cargos
exclusivamente en cargos de base de tres y cuatro días. Licencias médicas y
toda causa fehacientemente justificada (Todas las licencias del DECRETO Nº
688/93).
A modo de ejemplo: No es válida por
ejemplo en los siguientes casos:
– Cobertura para días lunes, martes, miércoles,
jueves y viernes
– Cobertura para días jueves, viernes
y lunes siguiente
Toda otra situación será analizada en
particular para ser convalidada
El Director es responsable de:
– Respetar el orden de mérito del
listado.
– Contar con constancia de no
aceptación.
Cargos
alcanzados por el decreto 258/05
NIVEL Y/O MODALIDAD
|
CARGO
|
EDUCACION INICIAL
|
MI - PR
|
EDUCACION PRIMARIA
|
MG
|
EDUCACION ESPECIAL
|
MAESTRO DE ETAPA – MAESTRO DE PRE TALLER Y TALLER – MAESTRO
DOMICILIARIO-
PR
|
PSICOLOCGIA COMUNITARIA Y PEDAGOGIA SOCIAL
|
MGP – MGI- PR- OA
|
SECUNDARIA
|
PR
|
TECNICO PROFESIONAL
|
PR
|
EDUCACION DE ADOLESCENTES Y ADULTOS
|
MC ( SE CUBRE POR SAD)
|
SAD SALTO