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martes, 28 de marzo de 2023

COMUNICADO N°26/2023 - PUNTAJE ANUAL DOCENTE: NOTIFICACION

SAD SALTO SOLICITA A LOS DOCENTES ABAJO CITADOS CONCURRIR A ESTE ORGANISMO, CITO EN VIEYTES 133 DE SALTO, A FIN DE NOTIFICARSE DE PUNTAJE ANUAL DOCENTE 2022


HORARIO: 

9 A 10 HS Y DE 13 A 14 HS. 

AYERDI, GABRIELA

LINARES, DAIANA

AINORA, MARIA BELEN

LOMBIDE, FLORENCIA

ABREY, VERONICA

LOPEZ,NATALIA

BARRAZA, SILVIA

LOPEZ, NORA

BARREIRO, GABRIELA

LLOHIS, CORINA

BIANCO, ROSA

MANGIERI, ROBERTO

BONJORN, MARIA BELEN

MANSILLA, DAIANA

BORGDAGARAY, LORENA

MANSILLA, JESICA

BOSCOSCURO, JUAN

MICH, MARINE

CABRERA, GLORIA

MARINO, SILVANA

CASTILLO, ANDREA

MARZANO, VIVIANA

CAPOCASA, LUCIANA

MASSI, ANALIA

CENIZA, SILVINA

MENDEZ, PAOLA

CORTEZ, JOSE LUIS

MOLE, ANDREA

CAPALDO . EVANGELINA

MONACCI, CINTIA

DE LA CANAL, YANINA

MOREA, MELINA

DE LOS SANTOS, ROMINA

MUÑOZ ZUÑIGA, MARGARITA

DELL ÓSO, ANALIA

NOLESI, FLORENCIA

DIEGUEZ, LUCRECIA

ROMERO, ANDREA

DIOMEDI, NATALIA

RAFAELLI, ANTONELA

DI PETTA RIGO, MARIA VICTORIA

RICHARD, CLARA

DORDONI, LENADRA

SELLART, MARIANGELES

EMENI, LUCIA

PAGLIARICCI, MARIA BELEN

FALVO, VERONICA

PINELA, SILVIA

ESCOBAR LOPEZ, MICAELA

PEÑA, ROMINA

FARINA, MELISA

POSSE PRESA, GABRIELA

FERRARAS, DANIELA SOLEDAD

PROVENZANO, VANINA

FASOLI, MARA

RAFAELLI, FEDRA

FAURE, YESICA

RAFAELLI, NURIA

GAITAN , VERONICA

RUIZ DIAZ, MARCELO

GOMEZ, MARIA PILAR

SANTOANDRE, MARIBEL

HERRERA, MICAELA

SOSA, PAOLA

HERRERA, VERONICA

STRAGLIOTTO, MARILINA

IAIONE, ANA PAULA

TELLAGORRI, RODOLFO

JOFRE, GISELE

URQUIZA, ANALIA

JORDAN, CINTIA

VAGGIO, VIRGINIA

KARAMAN, LAURA

VIJARRA, NOELIA

LECITRA, MICAELA

YACOBINO, LICIA

LESCANO, VERONICA

ZAIDAN, CARLOS

LONGO, CAROLINA

ZAPATA, LUCIA

 

 

 

jueves, 12 de mayo de 2022

COMUNICADO 45/ 2022 - PAD 2022 - COMUNICADO EQUIPOS DE CONDUCCION

 PUNTAJE ANUAL DOCENTE 2022

Email de consultas y reclamos 


Consideraciones generales

 

¿Qué entregará el equipo de conducción?

1-Listados de PAD 2022 por duplicado, notificado fehacientemente con el agregado en azul de todos los DOCENTES TITULARES NO INCLUIDOS y que les corresponde PAD 2022 (esta copia queda en SAD), la otra copia se sellará y se entregará a la escuela.

TODOS LOS DOCENTES TITULARES DEL ESTABLECIMIENTO DEBEN ESTAR NOTIFICADOS.

ACLARACIÓN: el día de la recepción se verificará que todos los docentes estén notificados en el PAD 2022 o en su defecto una observación de porque no está la firma/ la notificación.

2-Una PLANILLA RESUMEN UNICA por duplicado ingresando la nómina de docentes que reclaman PAD 2022, ordenados por número de DNI en escala ascendente y detrás los legajos de los docentes que lo solicitan.

La Institución presentara cada legajo de los docentes en un folio y todo dentro de un sobre en donde figuren los datos del establecimiento educativo y datos de contacto de un responsable.

 Agregar al legajo único aval de la acción estatutaria (TI, DD, MAD, ACRECENTAMIENTO, REUBICACION) por la cual accedió al cargo, modulo u horas cátedras que reclama.

PARA TENER EN CUENTA:

ü  El Equipo de Conducción será el responsable de la notificación de la totalidad del personal, ante un eventual reclamo se le pedirán las probanzas. Esto quiere decir que debe obrar en el servicio cédulas de notificación, actas de no presentación de documentación, etc.

ü  Solo se recibirá la documentación completa y debidamente autenticada. En caso contrario se consignará en observaciones del acta de recepción, con firma del responsable de entrega, la documentación faltante/ la falta de notificación, etc.

ü  Recordamos que todos los docentes deben tener PAD, por lo tanto aquel docente que figure con 0 (cero) u está omitido y reúne los requisitos deberá reclamarlo.

ü  Tener en cuenta que están en condiciones de reclamar aquellos docentes que realizaron Titularización Interina 2020, si no están incluidos deberán presentar la planilla de reclamo 2022 más la documentación probatoria.

ü  El docente deberá notificarse e informar en los servicios educativos en qué escuela presenta reclamo de PAD 2022

 

NO SE DARÁ LUGAR A LOS RECURSOS/RECLAMOS PRESENTADOS FUERA DE TÉRMINO.

.

 La recepción se hará por MESA DE ENTRADA en el horario 9 a 14 hs hasta el dia 1 de junio de 2022.

SOLO SE DARA CURSO A LOS RECLAMOS "RECURRIDO" EN EL SISTEMA.

 

 IMPORTANTE: En todos los casos el docente que reclama, además de la documentación respaldatoria, deberá adjuntar Acta Titular Interino y Destino Definitivo / Acta MAD/ Acta Acrecentamiento/ Resolución Titularización Masiva o cualquier Acto Administrativo que justifique la acción estatutaria por la que se accedió al cargo, modulo u hora cátedra

COMUNICADO N°44 - AMPLIACION COMUNICADO 38 - PUNTAJE ANUAL DOCENTE 2022 -


SECRETARIA DE ASUNTOS DOCENTES DE SALTO 
COMUNICA 

A los Equipos Institucionales de los servicios educativos que, de acuerdo al calendario de Actividades Docentes, a partir del día 4 de Mayo y hasta el 18 de mayo a las 12 hs , todos los docentes titulares de la Gestión Estatal podrán verificar y notificarse del PAD 2022 en la Página ABC, a través del aplicativo que se encuentra en el portal SERVADO. El mismo estará disponible a partir de dicha fecha.


Se envían para su conocimiento

 los siguientes documentos: 


OPCION DE PRESENTACION DEL RECLAMO:
LOS DOCENTES PODRAN OPTAR POR PRESENTAR LA DOCUMENTACION  A TRAVES DEL ESTABLECIMIENTO EN DONDE POSEE MAYOR CARGA TITULAR EN FORMATO PAPEL , LUEGO DE HABERLO RECURRIDO A TRAVES DEL SISTEMA; CONDICION INDISPENSABLE PARA DAR CURSO A LOS RECLAMOS-




Email de consultas y reclamos 

miércoles, 12 de mayo de 2021

PUNTAJE ANUAL DOCENTE - DOCUMENTACION A PRESENTAR

 EQUIPOS DE CONDUCCIÓN : 


                                                  SAD solicita se presente en este Organismo Descentralizado la PLANILLA RESUMEN PAD con los legajos de los docentes que reclaman PUNTAJE ANUAL DOCENTE , debidamente ordenados y organizados a fin de agilizar el trámite. Les pedimos  que cada pedido de reclamos este en un folio y a su vez todo el reclamo de la Institución en un sobre con los datos del Establecimiento educativo y datos personales del responsable del trámite,  a la vista. 
                                                 
                                                  Sugerimos leer detenidamente el DOCUMENTO DE PAD a fin de controlar la documentación enviada. SAD sólo generará PAD con la documentación presentada, no solicitaremos ni recibiremos documentación faltante.  


                                              La documentación se presentará por correo ( como se indicó en el BLOG) y mediante esta forma. 
                                                

                                        Para la presentación solicitar turno por whatsApp al 2474688627 , 

FECHA DE ENTREGA: desde el 18 al 27 de mayo de 2021 , inclusive. 


NOTA: LA PLANILLA RESUMEN FUE ENVIADA POR CORREO , TAMBIEN ESTA COLGADA EN PORTAL ABC






viernes, 30 de abril de 2021

COMUNICADO Nº 31: Instancia de exhibición, notificación y presentación de recursos del Puntaje Anual Docente 2021

 

SECRETARIA DE ASUNTOS DOCENTES DE SALTO

COMUNICA:

Instancia de exhibición, notificación y presentación de recursos del Puntaje Anual Docente 2021



EXHIBICIÓN / VISUALIZACIÓN

El Puntaje Anual Docente (PAD) 2021, se visualizará en la Página ABC (www.abc.gob.ar) ingresando al Espacio Web SERVADO PAD, 

desde el 4 de mayo de 2021 hasta

 el 17 de mayo 2021 a las 12 Hs.

Durante el período establecido, los/las docentes deberán ingresar con el usuario de ABC –SERVICIOS para validar su identidad. En el espacio web SERVADO PAD, podrán visualizar el PAD 2021 y de ese modo se dará por notificado del mismo.


PARA RECURRIR PAD 2021

Visualizado el PAD 2021 en el portal ABC, el/la docente podrá hacer uso del derecho a recurrir el puntaje cuando se encuentre disconforme con el PAD notificado o en caso de verificar alguna omisión del mismo. Podrá, entonces, desde el mismo Espacio Web, manifestar su disconformidad mediante el botón denominado RECURRIR PUNTAJE, quedando el mismo identificado como RECURRIDO en el SERVADO PAD.

A los fines de interponer el recurso, el/la docente, deberá enviar el mismo vía correo electrónico

pad2020sad066@abc.gob.ar

de la SAD de Salto

 


IMPORTANTE

Los recursos de revocatoria podrán ser recepcionados por las Secretarías de Asuntos Docentes (vía mail) hasta diez (10) días hábiles de la finalización del período de exhibición, siempre que el docente hubiera recurrido su PAD 2021, dentro del período de exhibición, en el portal SERVADO PAD 2021.



Los equipos directivos de los establecimientos educativos deberán poner en conocimiento del procedimiento de notificación de PAD 2021 a todos los/las docentes titulares del establecimiento a cargo.

 

LINKS DE DESCARGAS 


PROCEDIMIENTO PARA LA NOTIFICACIÓN DEL PUNTAJE ANUAL DOCENTE 2021

 

DOCUMENTO DE APOYO PUNTAJE ANUAL DOCENTE (PAD) 2021

 

 

miércoles, 16 de septiembre de 2020

PUNTAJE ANUAL DOCENTE - RECLAMOS

 SAD SALTO INFORMA QUE LOS DÍAS 18 Y 22 DE SEPTIEMBRE, EN EL HORARIO DE 10 A 11, 30 HS  RECIBIREMOS DOCUMENTACIÓN DE RECLAMO PAD ( EN UN FOLIO) PARA AQUELLOS DOCENTES QUE TENGAN DIFICULTADES PARA ENVIARLO POR CORREO ELECTRÓNICO.

EN SEDE SAD, LINIERS 9 , SALTO

LAS CONSULTAS SE RESPONDEN A TRAVES DE 

pad2020sad066@abc.gob.ar


jueves, 10 de septiembre de 2020

PUNTAJE ANUAL DOCENTE 2020

SAD SALTO INFORMA QUE LOS DÍAS 18 Y 22 DE SEPTIEMBRE, EN EL HORARIO DE 10 A 11, 30 HS;EN SEDE SAD, LINIERS 9 , SALTO.-

 RECIBIREMOS DOCUMENTACIÓN DE RECLAMO PAD ( EN UN FOLIO) PARA AQUELLOS DOCENTES QUE TENGAN DIFICULTADES PARA ENVIARLO POR CORREO ELECTRÓNICO.


Secretaría de Asuntos Docentes en virtud de la notificación de PAD 2020, difunde el Documento de Apoyo.

INSTRUCTIVO PAD Y DOCUMENTO DE APOYO

planilla_reclamo_PAD_2020.xlsx    ( Se adjunta una por docente)

Asimismo, se informa que los posibles reclamos deberán ser enviados al mail pad2020sad066@abc.gob.ar, destinado para tal fin como así también los docentes omitidos en las nóminas.

 

El periodo de visualización y reclamo es desde el día 8 de septiembre de 2020 hasta el día 22 de septiembre de 2020. No se dará lugar a los recursos fuera de término.

 

 

IMPORTANTE: En todos los casos el docente que reclama, además de la documentación respaldatoria, deberá adjuntar Acta Titular Interino y Destino Definitivo / Acta MAD/ Acta Acrecentamiento/ Resolución Titularización Masiva o cualquier Acto Administrativo que justifique la acción estatutaria por la que se accedió al cargo, modulo u hora cátedra


"DOCUMENTO DE APOYO

PUNTAJE ANUAL DOCENTE 2020"

Consideraciones Generales:

(Preguntas frecuentes)

¿Quiénes están en condiciones estatutarias de obtener PAD 2020?

.Todos los docentes titulares de las Instituciones Educativas de Gestión Estatal de la Provincia de Buenos Aires, designados hasta el ciclo lectivo 2018 (incluidos también los titulares interinos del año mencionado)

.Docentes Reincorporados al Sistema: Se confeccionará su PAD al año siguiente de la reincorporación. Dado que deben analizarse los antecedentes del docente y desempeños, deberá la SAD solicitar la confección de dicho PAD al Departamento de Puntaje Docente, así como también, enviar documentación que este Departamento le requiera.

¿Por qué obtengo PAD recién a los 2 años de mi designación como titular?

Se tomará la calificación asignada en el período estipulado por el Calendario de Actividades Docentes, considerándose “Calificación Firme”

Consideraciones específicas:

Los docentes reubicados en la ESB, procedentes del Tercer ciclo de la ex EGB, deberán consignar datos de procedencia.

Sólo los docentes que reubicaron horas de la ex – Media en módulos de ex – EGB en el lapso 1-3-1995 a 28-2- 1998 conservan los valores de los antecedentes de títulos y cursos de procedencia de la ex– Media.

 

Los docentes reubicados en la ESB procedentes de la ex EGB, conservan el valor de los antecedentes de procedencia en el ítem cargo jerárquico hasta el 1-3-05.

A partir del 1-3-2005 corresponde deslindar el referido desempeño según la opción de continuidad jerárquica en

Educación Primaria o en Educación Secundaria.

A partir de la sanción de la LEY 13688, los profesores de Educación Secundaria computan, en el ítem antigüedad para puntaje, el desempeño acreditado en el cargo de PF del tercer ciclo de la ex – EGB, ex – ESB y ex – Polimodal .

A tener en cuenta:

Aquellos docentes que titularizaron en el nivel Técnico, anterior al 01.03.2012 conservarán toda su antigüedad, indistintamente si fueren servicios en secundario, ex tercer ciclo, media, técnica y agraria. A partir del 01.03.2012, se separan los niveles, por lo cual quienes titularicen a partir de dicha fecha, solo computarán en su antigüedad los servicios prestados en el mismo nivel (Técnico).RES 323/11

En la selección de acción estatutaria: Se incorpora en abc, en Encuadre para carga de:

PAD: “CAMBIO DE ESTRUCTURA RES 1657 (BAO-BAOT a CENS)”

Se cargará en acta, con año 2017, a partir del 28/11/2017 y en la TP la fecha de titularización del cargo de base anterior al cambio a CENS

Con esta carga, nos dará la pauta de que los docentes de Secundaria Adultos (M.M) (BAO, BAOT) deberán conservar la valoración asignada en Secundaria, dado que el paso a CENS es una situación que le acaece al docente, no una acción voluntaria por parte del mismo.

¿Cómo consulto mi PAD 2020?

El PAD 2020 se visualizará en el espacio web SERVADO PAD, en el periodo que va desde el día 08 de Septiembre hasta el 22 de Septiembre de 2020

¿Dónde y cómo me notifico del PAD 2020?

El docente deberá ingresar con su usuario de ABC-servicio que valida su identidad-al espacio web SERVADO PAD, teniéndoselo en esa instancia por notificado de su PAD 2020.

¿Cómo manifiesto mi disconformidad con el puntaje asignado?

El docente una vez que accede a visualizar su PAD 2020, podrá hacer uso de su derecho a recurrir dicho puntaje, en el caso que no lo consienta. Para ello, desde el mismo espacio web podrá realizarlo mediante un botón denominado RECURRIR PUNTAJE, quedando dicho PAD identificado como recurrido en el SERVADO PAD.

El docente deberá interponer su recurso al correo electrónico ABC destinado para PAD 2020 a la Secretaría de Asuntos Docentes de su distrito , especificando su disconformidad y adjuntar -digitalizadas- las probanzas que respalden su petición, a fin que sea considerado, conforme lo establece el artículo 52° del Decreto 2485/92 modificado por su similar 441/95.

En Salto :    pad2020sad066@abc.gob.ar

Este procedimiento será considerado por la administración como la FORMAL

INTERPOSICION DE UN RECURSO CONTRA SU PAD 2020.

¿Cómo se notifica al docente?

La resolución del recurso, será válidamente notificada al docente mediante el envío de un E-mail a su casilla de correo electrónico de la plataforma ABC. A si mismo, se publicará con la rectificación del PAD que eventualmente correspondiere, en el espacio Web SERVADO PAD. No se aceptarán reclamos fuera de término.

IMPORTANTE PARA LAS SECRETARÍAS DE ASUNTOS DOCENTES:

Siendo el PAD un derecho del docente desde la obtención de su primera calificación firme, se confeccionará el mismo, con la documentación presentada, en tiempo y forma preestablecido.

No se dará lugar a los recursos fuera de término.

Cuando se detectare algún error se podrá Anular, Revocar, Modificar o sustituir de oficio, conforme a la letra del art 113,del Decreto Ley 7647/70 en cualquier momento de haber sido detectado el mismo, como lo establece el art 115 del Decreto Ley 7647/70.-

ANTE LA OMISIÓN DEL PAD;

Las Secretarias de Asuntos Docentes podrán generar los Puntajes 2020 omitidos de los docentes que presenten su recurso dentro del plazo estipulado a través del mail asignado para tal fin de cada Secretaria de Asuntos Docentes.

ANTE LA OMISIÓN Y NO MEDIANDO RECURSO

Tanto para Concurso como para Prueba Selección, serán generados por el DEPARTAMENTO DE PUNTAJE. Se confeccionará una lista con nombre y apellido, DNI, cargo y Establecimiento.

Se tomará como base de datos todo lo suministrado por el sistema mismo (HOST, PDD,INGRESO A LA DOCENCIA) y en tal caso, el docente no tendrá derecho a manifestar su disconformidad.

Con respecto al PAD a los fines de MAD Y/O ACRECENTAMIENTO, si el mismo se hallare OMITIDO, Y NO MEDIANDO RECURSO, será el DEPARTAMENTO DE PUNTAJE DOCENTE el encargado de confeccionarlo de OFICIO, tomando solamente lo suministrado por el sistema para dicha confección. Y será la SECRETARÍA DE ASUNTOS DOCENTES la que lo solicitará enviando lista con nombre y apellido, DNI, cargo y establecimiento por el cual lo solicita.

CIERRE DE CURSOS

A tales efectos el Departamento de Puntaje Docente generará de Oficio el PAD de los docentes que lo necesitaren.

Será la SAD que lo solicitará al Departamento de Puntaje Docente por e-mail, además de convocar, si así fuere necesario, al docente en cuestión, para solicitarle la documentación y/o demás información que sea requerida por este Departamento.

¿Cómo presento mi reclamo de PAD 2020?

El recurso en disconformidad por parte del docente deberá ser remitido al correo electrónico ABC específico para tramitar los recursos por el PAD 2020 de la Secretaría de Asuntos Docentes (SAD) del distrito que corresponda, identificado como “pad2020+sadcódigodistrito+númerosad” (en caso La Plata y La Matanza) ejemplo: pad2020sad002@abc.gob.ar (distrito de Adolfo Alsina) o pad2020sad00101@abc.gob.ar (sad1 del distrito de La Plata). El docente deberá remitir allí el motivo de su disconformidad y adjuntar – digitalizada – las probanzas respaldatorias de su petición, a fin que sea considerado (art 52° Decreto 2485/92 modificado por su similar 441/95)

IMPORTANTE:

Se solicita a los docentes de los niveles de Educación Secundaria, Técnica y Agraria que consignen de forma precisa la denominación curricular de la o las asignatura/s, código PID y carga horaria con situación de revista TITULAR.

Fórmula para obtener el puntaje anual docente (LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 51)

(Habilitante + Bonificantes + Cargo jerárquico + Antigüedad para puntaje) x Promedio de calificaciones = Puntaje Anual Docente.

IMPORTANTE:

En el PAD 2020 se considera la antigüedad para puntaje al 1/1/2020; y en el promedio de calificaciones se promedian todas las calificaciones obtenidas como titular en el cargo que reclama desde el ciclo lectivo en el que fue designado hasta la del año 2018 incluido (dos años anteriores al corriente PAD).

¿Qué documentación se presenta en el Reclamo de PAD 2020?

El docente, conforme al ítem del cual se disconforma, deberá adjuntar en forma digitalizada las probanzas respaldatorias de su petición,

DOCUMENTACIÓN A ANEXAR

1. De acuerdo al ítem reclamado:

a. Título Habilitante

(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. A.1 y Artículo 60 inciso A) El título (anverso y reverso) en el cual conste claramente la fecha de registro en la DGCE.Para el PAD 2020 sólo se consideran títulos registrados hasta el 30-9-2019.

b. Títulos y cursos Bonificantes

(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. A. 2 y 3; y Artículo 60 inciso H) Se consideran “Bonificantes” a los cursos y a aquellos títulos que no hayan sido utilizados como habilitante para el cargo en el que se reclama. Títulos y cursos digitalizados (anverso y reverso) en las cuales conste claramente la fecha de registro en la DGCE.

Para el PAD 2020 solo se consideran aquellos registradas hasta el 30-9-2019

Reclamo bonificantes: en caso de no coincidir con LOF 2019, presentar probanzas faltantes.-

c. Cargo Jerárquico

(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. A. 4) Se deberá acreditar el desempeño en cargo jerárquico mediantelas disposiciones pertinentes, (inicio y limitación).

En el caso de no contar con el acto administrativo de limitación de las funciones jerárquicas transitorias, se adjuntará una constancia firmada por autoridad competente (Inspector/a de Área, Inspector/a Jefe Distrital o Regional) que especifique la continuidad o la limitación de la función.

La misma debe indicar Dirección de Educación, distrito,cargo, establecimiento, fechas de iniciación y cese o continuación de cada prestación en cargo jerárquico por año.

IMPORTANTE:

Sólo se asigna valor por desempeño en ciclo lectivo completo de cargo jerárquico (De cualquier fecha de marzo a cualquier fecha de Diciembre)

Para el PAD 2020 se considera el desempeño jerárquico hasta el 31-12-2019.

Se valora el desempeño en la Dirección de Enseñanza respectiva y hasta un máximo de 10 años.

d. Antigüedad para puntaje

(LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. B y Artículo 53; y Resoluciones 11791/99, 4607/98 y 1277/99)

Los servicios suplentes y/o provisionales desempeñados en establecimientos de Gestión Estatal de la Provincia de Buenos Aires, se acreditan mediante la presentación del Formulario 354 (disponible en www.abc.gov.ar link Puntaje Anual Docente, del SERVADO) en el cual conste el desempeño docente año por año e institución educativa, avalado por autoridad competente.

IMPORTANTE: en los casos que NO sea posible el aval del Formulario 354, por la autoridad del establecimiento educativo, serán considerados ad- referéndum y se solicitará la cumplimentación del mismo , una vez finalizado el ASPO para que el PAD 2020 quede en firme.

El desempeño docente de la DIPREGEP se debe acreditar mediante formulario CEC 15, homologado por la DIEGEP (Fotocopia autenticada)

El desempeño docente del orden ex – nacional en jurisdicción territorial de la Provincia de Buenos Aires (Transferido), se debe acreditar mediante certificado del establecimiento avalado por autoridad competente. (Fotocopia autenticada)

En todos los casos se considerarán los certificados de desempeño sin firma de la autoridad competente, hasta que, finalizado el príodo de ASPO, puedan ser presentados a las Secretarias de Asuntos Docentes con los avales requeridos para que el PAD 2020 quede en firme.

En la antigüedad para puntaje sólo se considera desempeño docente en el mismo cargo, por lo tanto, los servicios que conforman la antigüedad para puntaje de un cargo, NO pueden ser utilizados en la composición de la antigüedad para el puntaje de un SEGUNDO CARGO.

Aclaración para el cómputo de antigüedad en un segundo cargo (Art 53. Ley 10.579 Estatuto del Docente)

Cuando el docente tuviere dos cargos titulares, se computarán para el primer cargo titular todos los desempeños en el mismo nivel y cargo, tanto suplentes como provisionales, ahora bien, si el docente titularizare en un segundo cargo, se le dará la antigüedad desde que es titular en ese segundo cargo y todos los servicios suplentes y provisionales, en el mismo nivel y cargo, que hayan sido simultáneos y por ende no computados en el primer cargo titular.

IMPORTANTE:

La Antigüedad para puntaje NO es la misma que la antigüedad que se percibe como bonificación salarial (en el COULI).

NO SE COMPUTARÁN A LOS FINES DE PAD:

a) Los servicios del orden ex-nacional en jurisdicción territorial de las otras provincias o ex Capital Federal.

b) Los servicios Municipales

c) Servicios de Universidades.

e. Promedio de calificaciones:

(LEY 10579 y su Reglamentación, articulo 50 inc C)

Para el PAD 2020 se promedian todas las calificaciones obtenidas como titular en el cargo hasta la calificación 2018 inclusive (dos años anteriores al corriente PAD).

Quienes reclamen dicho ítem deberán adjuntar copias autenticadas de la planilla resumen de calificación anual docente de la escuela o set 4, de los años que corresponda.

Los docentes que soliciten ser incorporados en el listado de PAD 2020 además de la documentación requerida en los puntos anteriores adjuntarán:

Copia o número de la RESOLUCIÓN de la confirmación y destino definitivo como Titular, y /o acrecentamiento, o en su defecto la copia o número de RESOLUCIÓN de Designación como titular interino, o copia autenticada del acta de designación de titular interino labrada oportunamente por la Secretaría de Asuntos Docentes.

Es muy importante que en cualquiera de los documentos probatorios que se presentan sobre este asunto, conste a partir de qué ciclo lectivo fue designado titular.

Los docentes titularizados en el marco de la ley 12609, deberán especificar el año de designación.

Departamento de Puntaje Docente

Dirección de Gestión de Asuntos Docentes”