SECRETARIA DE
ASUNTOS DOCENTES DE SALTO DIFUNDE:
PROGRAMA PARA LA INTENSIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA “+ATR”
INSTRUCTIVO
PARA LA COBERTURA DE DOCENTES PARA EL PROGRAMA DE INTENSIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA
“+ATR”
Se confeccionará un orden de mérito de acuerdo a las prioridades y utilizando todos los listados 2021 vigentes. La designación deberá realizarse acorde al criterio establecido en cada Nivel. Es preciso señalar que, de no cubrirse la primera prioridad, se continuará con la siguiente.
El orden de mérito estará determinado por las prioridades determinadas a tales
efectos, teniendo en cuenta los perfiles establecidos por la Subsecretaría de
Educación y el puntaje que se desprende de los listados oficiales, ampliatorios
y complementarios de Ingreso a la docencia (Oficial, 108 A, 108 A In – fine,
108 B y 108 B In -fine).
A
continuación se detallan los cargos a cubrir y equivalencias correspondientes a
tener en cuenta:
● DOCENTE PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS (IEP) Y
DOCENTE PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS – TALLERISTAS
(IET) – NIVEL PRIMARIA:
Orden de prioridad para la postulación:
a) Maestros de Grado : código PID: /MG. Todos los maestros de grado
b) Bibliotecarios: código PID: /BI. Todos los docentes habilitados para el
cargo de BI del Nivel primario.
● DOCENTE PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS – SECUNDARIA
(IES):
Orden de prioridad para la postulación:
a) Profesores de Prácticas del Lenguaje, Literatura: códigos PID: PLG; LIT
(docentes habilitados para dichas áreas/materias)
b) Profesores de Matemática: códigos PID: MTM; MCS (docentes habilitados para
dichas áreas/materias)
c) Currículum Priorizado: Profesores de las materias del área priorizada en
Ciencias Sociales y Profesores de las materias del área del currículum
prioritario de Ciencias Naturales. Los docentes habilitados en los códigos PID:
GGF, HTR, CSC, HIS, CCD, CNT, BLG, FQA, IAQ. (El orden de mérito será producto
de la conformación de un listado por puntaje, independientemente del código
PID).
d) Preceptores: código PID: /PR (docentes habilitados para el cargo de PR de
nivel Secundario).
Consideraciones generales:
– Los docentes serán
designados como PROVISIONALES A TÉRMINO.
– El desempeño será de veinte (20) horas semanales.
– La jornada de trabajo en cinco (5) días a la semana -incluidos los días
sábados- en jornadas de cuatro (4) horas como mínimo. Cuando asigne seis (6)
horas o más a los días sábados en horarios de mañana y tarde, podrá reducir la
actividad a cuatro (4) días a la semana.
– Podrá ser en un único turno o en turnos alternados y los horarios podrán
convenirse con el equipo de conducción del establecimiento educativo acorde a
las necesidades institucionales.
– El período de desempeño de los cargos DOCENTE PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS
TRAYECTORIAS EDUCATIVAS – Nivel Primaria y Secundaria (Códigos: IEP – IES) será
entre el 1° de septiembre de 2021 y el 31 de marzo de 2022. Cuando se trate de
la cobertura de cargos DOCENTE PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS
EDUCATIVAS – TALLERISTAS (IET) – NIVEL PRIMARIA: para los Talleres de
escritura, lectura y matemática para el afianzamiento de la autonomía en el
proceso de aprendizaje de las y los estudiantes de nivel primario, el período
de desempeño del cargo será entre el 1º de septiembre y el 30 de noviembre de
2021.
– Todas las especificaciones se encuentran en la RESOC-2021-2905-GDEBA-DGCYE y
sus anexos.
Requisitos a tener en cuenta
para la designación
– Se establece que los
requisitos para ser designado en el cargo de DOCENTE PARA EL FORTALECIMIENTO DE
LAS TRAYECTORIAS EDUCATIVAS serán:
a. Cumplir con los requisitos establecidos de acuerdo a los saberes
prioritarios y el nivel de enseñanza a fortalecer, conforme a lo establecido en
el IF-2021-22409299-GDEBA-SSEDGCYE, que como Anexo III forma parte de la
RESOC-2021-2905-GDEBA-DGCYE.
b. Estar inscripto en los Listados vigentes.
c. No tener, en todos sus desempeños efectivos, más de un (1) cargo de jornada
simple o catorce (14) módulos o su equivalente carga horaria en horas cátedra.
d. No superar, en todos sus desempeños efectivos, con la nueva designación, ni
con otras que tome con posterioridad y hasta el 28 de febrero de 2022, en forma
simultánea, dos (2) cargos o un (1) cargo y catorce (14) módulos o su
equivalente carga horaria en módulos u horas cátedra.
e. Acreditar las condiciones de vacunación establecidas en el Decreto Nº 521/21
del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires para realizar actividades
presenciales.
f. No podrán ser designados docentes con cambios de funciones, licencias
médicas, recalificados por ART, presumariados o sumariados.
LINK A RESOLUCIÓN 2905/2021